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Pierde juicio ex consejero misógino del INE; En twiteer insultó a Susana Harp

Mar 22, 2019 #INE, #Morena, #Susana Harp

En abril de 2018 un grupo de mujeres políticas, entre las que se encontraba Susana Harp, denunciaron violencia política de género en el proceso electoral

Virgilio Sánchez/nvinoticias.com

El ex consejero de la Junta Distrital 08 del Instituto Nacional Electoral (INE), Alfredo Brena Jiménez perdió el juicio con el cual buscaba que le retiraran la sanción por sus expresiones negativas de la ex candidata a senadora de Morena, Susana Harp.

A través de varias publicaciones en su cuenta personal de twitter, durante la campaña de 2018, minimizó la capacidad de la cantante oaxaqueña para ocupa el cargo.

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este jueves que este ex funcionario electoral rebasó los límites de la libertad de expresión.

«Si bien el derecho a la libertad de expresión en las redes sociales goza de una protección especial. Se encuentra sus límites el respeto de otros principios democráticos, como lo es la función electoral y el principio de imparcialidad de las autoridades electorales», expuso en la sentencia del expediente JDC/48/2019.

«Su actuación se encuentra fuera de los parámetros que protege la libertad de expresión», agregó.

La pifia

Brena Jiménez retuiteó, primero, el mensaje de otro usuario que decía: «En México hay tres clases de basura: orgánica, inorgánica y electoral» y que estaba acompañado con la fotografía de Susana Harp.

Más tarde, este ex consejero distrital del INE cuestionó la capacidad de la cantante oaxaqueña.

“¿Qué va a hacer Susana Harp en el Senado… ¿Cantar?”, tuiteó.

Tras la publicación de estos mensaje, Harp presentó una queja ante el INE, quien inició su proceso sancionador contra el entonces consejero de la Junta Distrital 08, que tiene su sede en la Ciudad de Oaxaca.

Por estas expresiones, el órgano electoral lo sancionó con una amonestación pública.

En la resolución de este caso, los magistrados de la Sala Xalapa afirmaron que las publicaciones de Brena en la red social vulneraron la equidad en la contienda.

«Resulta clara la vulneración al principio de imparcialidad. El actor reconoció ser el titular y administrar su cuenta, así como haber emitido los mensajes objeto de denuncia», expusieron en la sentencia.

«Los mensajes iban dirigidos hacia una candidata que contendía en el mismo distrito en el que desempeñaba su cargo como autoridad electoral, y su contenido no fue crítico, objetivo, imparcial y respetuoso; de forma que pudiera contribuir al debate y crítica en la contienda electoral», agregó.

Demandó rigor

Ante el argumento presentado por Brena, en el sentido que hizo uso de su derecho a la libertad de expresión, los magistrados de la Sala Xalapa aclararon que, como árbitro electoral, debió ser riguroso con sus mensajes.

«Las y los ciudadanos que tengan el carácter de autoridad electoral deben observar en todo momento los principios rectores, entre los que se encuentran los de imparcialidad, por lo que debe existir mayor rigor con las manifestaciones que realizan en redes sociales», advirtieron.

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