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Prohíbe FGJ a líder de la S22 a participar en eventos masivos

Ago 12, 2016

COMUNICADO

Este 12 de agosto del actual, con motivo de la solicitud de revisión de las medidas de prisión promovidas por los procesados Rubén Núñez Ginéz y Francisco Manuel Villalobos Ricardez, respectivamente, en las causas penales del fuero común, los Jueces Penales del Distrito Judicial del Centro, Oaxaca, declararon procedente la revisión solicitada por la defensa de los imputados, y en consecuencia modificaron la prisión preventiva dictada en contra de los citados procesados.

En lugar de la situación de privación de la libertad impuesta a Rubén Núñez Ginéz y Francisco Manuel Villalobos Ricardez, los jueces determinaron imponer algunas de las medidas previstas en el Código Nacional, determinando que pueden continuar su proceso en libertad, sin que esto los exima de responsabilidades, es decir el proceso penal correspondiente a los referidos, sigue su curso.

Los Jueces del Distrito Judicial del Centro, Oaxaca, determinaron imponer a los referidos, la presentación mensual ante el Juzgado de la causa que se les instruye, una garantía económica, así como la prohibición de participar en hechos masivos que tengan como propósito dar lugar a actos violentos.

Todo lo anterior en atención a la aplicación del artículo Quinto transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales en relación a la miscelánea penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de junio del dos mil dieciséis.

Conviene recalcar que no es función de la Fiscalía General de Justicia decretar aprehensiones o liberaciones, pero a esta institución le resulta vital clarificar e insistir, que las citadas medidas permiten a los señalados enfrentar los procesos penales que se siguen en su contra, en libertad, pero esto definitivamente no significa que hayan sido absueltos.

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