Jaime GUERRERO
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización a las que estarán obligados las y los candidatos diputados federales, locales y concejales, así como los gastos que habrán de considerarse en la etapa de apoyo ciudadano y precampaña para el Proceso Electoral Federal y Locales Concurrentes 2020-2021.
El acuerdo aclara que los artículos que sirvan para evitar contagios, como son cubrebocas, caretas, guantes, gel antibacterial y otros no pueden reportarse como gastos de campaña, ni distribuirse entre la ciudadanía si no son materiales de propaganda electoral.
Entre las disposiciones destaca la obligatoriedad de que, en los eventos y los utilitarios que entreguen durante este periodo, se deberán tomar todas las medidas de seguridad sanitaria ante el contexto sanitario que prevalece por la pandemia de COVID-19.
Siga leyendo en: https://pagina3.mx/2020/12/candidatos-no-podran-reportar-como-gastos-de-campana-cubrebocas-ni-distribuirlos-si-no-es-propaganda/