CIMACFoto: César Martínez López
Jaime GUERRERO
Al resolver acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó preceptos de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca, expedida mediante Decreto Número 2573, cuyas disposiciones fueron aprobadas por la LXIV Legislatura.
En sesión pública, las y los ministros invalidaron de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca, el artículo 20, fracciones I, en la porción normativa “por nacimiento”.
En la VIII, en la porción normativa, “no haber sido inhabilitado para el ejercicio del servicio público” y IX, en la porción normativa “y no haber sido condenado con pena privativa de libertad, excepto por delito culposo”, para ser Director General del Centro de Conciliación Laboral de dicha entidad.
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