• Mié. Abr 24th, 2024

Emite CNDH recomendaciones por desplazamiento forzado de indígenas triquis

**Dio un plazo de tres meses para acreditar el cumplimiento de las recomendaciones**

**Las peticiones van dirigidas al Gobierno del Estado, Gobierno municipal de Santiago Juxtlahuaca y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca**

NATHALIE GÓMEZ/@Nathalie_fx

Huajuapan de León, Oax.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió la recomendación 36/2022, sobre desplazamiento forzado interno de personas indígenas triquis de la comunidad de Tierra Blanca Copala, de Santiago Juxtlahuaca.

El organismo refiere que “una de las consecuencias del desplazamiento forzado de las personas de dicha comunidad fue la imposibilidad de subsistir por sus propios medios, así como ejercer sus derechos de manera libre y voluntaria, tener un lugar físico para vivir y alimentarse, trabajar, acceder a educación o tener los medios o recursos para acceder a centros de salud”.

“La CNDH reconoce que existe desplazamiento forzado interno de personas de la comunidad de Tierra Blanca Copala y algunas familias se encuentran viviendo en la comunidad de Yosoyuxi, sin especificar que hay personas desplazadas en otros lugares, así como en la Ciudad de México”.

Así lo expuso Maurilio Santiago Reyes, representante del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI).

La recomendación, emitida en fecha 22 de febrero, señala que el Gobierno del Estado deberá realizar un plan de trabajo que tenga como objetivo principal impulsar el funcionamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado, y que remita a la CNDH, dentro del plazo de tres meses, las constancias que acrediten su cumplimiento.

Tanto al Gobierno Estatal como al Municipal de Juxtlahuaca, les recomendó que reparen integralmente el daño a las víctimas del presente caso, debiendo inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas, de acuerdo con la Ley de Víctimas para el Estado de Oaxaca y la Ley General de Víctimas.

“Que se les proporcione el tratamiento médico, psicológico y tanatológico de manera culturalmente apropiada, según corresponda, el que sea necesario para restablecer su salud física y emocional con la finalidad de reducir los padecimientos que presentan en cada situación particular”, señala el oficio.

A la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, recomendó que se brinde a las víctimas la reparación integral de los daños causados, que incluya la compensación justa y suficiente, así como la atención médica, psicológica y tanatológica que en sus casos requiera.

“Diseñe e implemente un protocolo de actuación para casos de desplazamiento forzado interno de personas, mediante el cual se investiguen los hechos y delitos relacionados con el desplazamiento”, también instó.

Otra recomendación para la Fiscalía es diseñar e impartir, en un plazo de tres meses contados a partir de la aceptación de la presente recomendación, un curso obligatorio de capacitación en materia de derechos humanos a las personas titulares de las agencias del Ministerio Público, adscritas a la Fiscalía Regional de la Mixteca, relacionado con la integración de investigaciones ministeriales en casos como los analizados en la presente.

Al respecto, CEDHAPI se pronunció por el cumplimiento eficaz de dicha recomendación, haciendo la observación que la CNDH fue omisa en responsabilizar y recomendar autoridades del Gobierno Federal, que están obligadas por el Derecho Internacional Humanitario en casos de desplazamiento forzado interno de personas y que también están obligados a proteger los derechos de las personas desplazadas de comunidades indígenas.

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