La tipificación del delito de feminicidio en la Ciudad de México se realizó en julio de 2011 y anteriormente contemplaba una sanción de 20 a 40 años de prisión, y de 30 a 60 años cuando se trataba de un “feminicidio agravado”, es decir, cuando estaba acreditada la existencia de una “relación sentimental, afectiva o de confianza, parentesco, laboral, docente o que implique subordinación o superioridades” entre la víctima y el feminicida.
Con la reforma aprobada el 19 de abril por la ALDF, además de aumentarse la pena se establece la cárcel preventiva oficiosa al presunto responsable del feminicidio, una iniciativa impulsada por la diputada y diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Elizabeth Mateos Hernández y Leonel Luna Estrada.
Continué leyendo:
http://www.cimacnoticias.com.mx/noticia/hasta-60-os-de-prisi-n-quien-cometa-feminicidio-en-cdmx