Cimacnoticias | México, DF
Cada estado tiene su ley de infancia: la mayoría mal homologada con la federal, sin derechos sexuales y reproductivos, y sin prohibir matrimonio infantil
Un año después de que se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, todos los estados del país tuvieron de diciembre de 2014 y hasta el 30 de abril de 2016 para homologar su legislación con la federal y crear su propia ley de infancia.
No obstante, los congresos locales no cumplieron con homologar sus leyes locales con la federal, ya que no prohibieron el matrimonio antes de los 18 años de edad, ni garantizaron derechos sexuales y reproductivos, según los resultados de una revisión comparativa de las leyes de infancia de más de 20 estados de la República que hizo esta agencia de noticias.
Tras sendas discusiones, la ley federal, que fue publicada el 14 de diciembre de 2014 para garantizar derechos específicos para las niñas, niños y adolescentes, estipuló prohibir el matrimonio antes de los 18 años de edad; prevenir el embarazo, castigar la violencia obstétrica; y garantizar el acceso y permanencia en las escuelas a menores de edad gestantes.
La ley también contempla brindar a niñas, niños y adolescentes servicios, orientación, asesoría y una formación integral sobre sexualidad y reproducción; todo lo cual, por insistencia de los grupos de derecha, quedó condicionado a su edad y madurez, y con la intervención de quienes tengan su custodia.
El Congreso de la Unión se negó a usar la palabra “derechos” para referirse a la sexualidad y reproducción de niñas, niños y adolescentes, a pesar incluso de que la ley está basada en un enfoque garantista y no de protección.
Desde su discusión en el Congreso, las bancadas de derecha, con apoyo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de grupos Provida, presentaron argumentos religiosos y conservadores para impedir que se estipularan en esta norma los derechos sexuales y reproductivos.
Esta postura se vio concretada al momento de que muchos congresos locales realizaron la “armonización” de su ley con la federal, a excepción de la ley de la Ciudad de México, la única de avanzada, que contrasta con el retroceso que muestran las demás en cuento a derechos sexuales y reproductivos, como confirma el análisis de Cimacnoticias.
DSyR, NI NOMBRARLOS
Sólo la Ciudad de México –que permite la Interrupción Legal del Embarazo incluso para niñas y adolescentes- nombró por escrito “derechos sexuales y reproductivos” y enumeró en una lista larga la obligación de brindar orientación e información gratuita, prevenir embarazos, garantizar el acceso a servicios sexuales y reproductivos, diseñar estrategias de información y dar servicios gratuitos y profesionales de salud en esta materia.
En el caso de Guanajuato, en donde 17. 6 por ciento de los nacimientos registrados en 2013 correspondieron a madres adolescentes y niñas menores de 15 años (en 2014 reportó más de 12 mil adolescentes embarazadas), el Congreso dejó fuera de la Ley el apartado sobre Derechos Sexuales y Reproductivos.
Michoacán, que está entre las 10 entidades con más alto índice de embarazo adolescente, omitió la obligación de implementar medidas tendientes a prevenir embarazos, aunque sí legisló sobre la impartición de conocimiento sobre reproducción humana.
Querétaro estableció en su legislación sobre infancia, “proporcionar asesoría y orientación sobre salud reproductiva”, pero no así la sexual, aun cuando el Gobierno federal implementó la Estrategia Nacional para la Prevención de Embarazos en Adolescentes para disminuir a cero la tasa específica de fecundidad de niñas entre 10 a 14 años y a la mitad la de adolescentes.
RESQUICIOS PARA LA DERECHA
A esto se suma que algunas entidades aprovecharon esta legislación para agregar artículos contrarios a la igualdad sustantiva, que es uno de los principios rectores de esta norma, basada en convenciones internacionales sobre los derechos de las mujeres.
Por ejemplo, el estado de Chihuahua estipuló en el Artículo 23 de su ley “garantizar la vida desde la concepción”, a pesar de que en esa entidad uno de cada tres embarazos termina en aborto.
La Ley General establece que los servidores de salud deberán prevenir y eliminar la violencia obstétrica, así como eliminar la esterilización forzada; sin embargo en las legislaciones de Guanajuato, Jalisco, Michoacán y Nayarit no aparece el tema.
LEYES OMISAS ANTE MATRIMONIO INFANTIL
Respecto al matrimonio infantil, la ley local de infancia de Chiapas estipula permitir el matrimonio antes de los 18 años de edad si las autoridades judiciales lo consideran adecuado, a pesar de que 8.29 por ciento de las mujeres entre 20 y 24 años de edad unidas se casaron antes de los 18 años de edad.
Entidades como Chihuahua, Colima, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit y Querétaro, pasaron por alto modificar sus Códigos civiles para impedir el matrimonio antes de la mayoría de edad, sin considerar que en México una de cada cinco mujeres inicia una unión conyugal antes de cumplir 18 años, según la Encuesta Nacional sobre Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Enadid 2014).
Una vez que se “homologaron” las leyes locales con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que fue revisada por organizaciones civiles, los gobiernos de los estados aún deben instalar su Secretaría Ejecutiva, integrada por diferentes dependencias estatales, que deberán aportar información sobre infancia.
También deberán implementar Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, todo ello en un plazo máximo de cuatro meses, que concluye en abril del 2016.