- En el 2016, Rubén Núñez promovió amparo indirecto en contra del auto de formal prisión
Redacción
MÉXICO. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo Rubén Núñez Ginéz, líder de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en contra de la orden de aprehensión librada en su contra en el 2016 por el supuesto desvío de más de 132 millones de pesos del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca.
El abogado del dirigente sindical, Hugo Serafín Paz, señaló que en este caso, el Alto Tribunal dio fallos diferenciados, ya que en diciembre de 2018, otros dos coacusados si recibieron el amparo de los ministros.
Rubén Núñez, quien enfrenta en libertad el juicio que se le sigue desde hace casi tres años, promovió amparo indirecto en contra del auto de formal prisión que le dictó el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Ciudad de México por considerarlo como probable responsable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en las modalidades de adquirir y administrar recursos, dentro del territorio nacional, con conocimiento de que procedían de una actividad ilícita.
En su demanda, el líder magisterial destacó que el párrafo segundo del artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal es inconstitucional pues la expresión semántica “algún delito” es vaga, imprecisa, abierta o amplia, al no especificar a qué delito se refería.
Sin embargo, los ministros señalaron que el delito previo, no necesariamente tiene que estar vinculado a conductas derivadas del narcotráfico o el crimen organizado, como lo consideró Rubén Núñez sino que puede ser fuente de los recursos, derechos o bienes sobre los que se realizaban las correspondientes conductas ilícitas.
(Con información de MVS)