En estos lineamientos publicados en la Gaceta Oficial a propósito de los 11 años de la reforma que despenalizó la interrupción del embarazo en la Ciudad de México, la Sedesa definió los “tipos de aborto” a los que pueden acceder las mujeres en la capital del país.
Con base en evidencia científica y en la experiencia que ha dejado esta reforma a lo largo de estos 11 años, la Sedesa definió ahora como “Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)” aquella “que es consecuencia de una violación sexual sin que la mujer haya realizado una denuncia formal” y que podrá realizarse dentro de las 20 semanas y seis días de gestación, como lo establece la Norma Oficial Mexicana 046 en todo el país.
La Sedesa precisa que en estos casos el personal médico tiene la obligación de informar a las mujeres sobre su derecho a denunciar los hechos de violencia sexual y aunque ellas deben decidir si continúan o no el proceso ante la Procuraduría General de Justicia, el personal médico debe llenar un formato para dar aviso al Ministerio Público.
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